Históricamente muchas de las transferencias sobre inmuebles registrados se realizaron sin previamente individualizar la porción de terreno que se adquiría. En el tiempo esto trajo como consecuencia la emisión de las constancias anotadas o cartas constancias en las cuales se reconocían derechos de áreas dentro de una determinada parcela. Ello suscito innumerables problemas, pues hablamos de terrenos no individualizados ni ubicados y cuya existencia real se desconoce. En la actualidad la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario busca eliminar las mismas, prohibiendo y condicionando incluso la transferencia de las mismas.  Se hace entonces imperativo la regularización de los derechos amparados en constancias anotadas a fin de poder garantizar una tutela efectiva de los mismos.